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Condiciones de Registración


1.0 Primera: Podrán alojar páginas web al servidor del CPAU los Arquitectos MATRICULADOS con derecho anual al día, (así como las entidades de Arquitectos que admita el CPAU). El régimen de inserción será establecido por los artículos siguientes.

2.0 Segunda: La inserción de una página web será gratuita por un espacio máximo de dos Megabytes para cada matriculado. Las solicitudes para ocupar un espacio que excediera lo estipulado deberán ser expresamente aprobadas por el Consejo de acuerdo a las disponibilidades del servidor, y tarifados conforme a los importes que aquel establezca, previo informe del área de sistemas del CPAU sobre la viabilidad del costo suplementario de extensión.
2.1 Cada Arquitecto matriculado tendrá una única página web. En el caso expreso de los profesionales asociados en un mismo estudio, podrán tener una única página web, previo pedido por escrito al CPAU. En este caso la dirección de la página será la misma por todos los integrantes del estudio que soliciten este servicio.

3.0 Tercera: Para alojar una página web al sitio CPAU, los interesados deberán solicitarlo por escrito al CPAU, presentando el proyecto así como una declaración responsable de la titularidad legítima sobre el software, imagen, textos y demás elementos técnicos utilizados en el desarrollo, así como un documento subscripto por el Arquitecto, o en el caso por los miembros de la sociedad de arquitectos, en el que se sometan a las normas que regulan éste servicio.
3.1. Así como una declaración notificándose que el CPAU no asume responsabilidad alguna sobre la propiedad del software ni de la titularidad legítima del mismo, imagen, texto y demás, así como un documento suscripto por el Arquitecto, o en el caso por los miembros de entidades de arquitectos que las representen, en el que se sometan a las normas que regulan este servicio.
3.2 Juntamente con la petición y declaración de notificación al que hace referencia el punto anterior según los modelos antes numerados aquellas normas, los interesados deberán proporcionar el material a insertar en la página web de acuerdo a los requisitos técnicos indicados
3.3 La Comisión de Informática, previo informe del Area de Sistemas del CPAU, resolverá la petición en el término máximo de un mes.

4.0 Cuarta:
4.1 Las páginas web contenidas bajo el dominio www cpaupage.com/nº de matricula, esto es bajo el dominio del CPAU, únicamente podrán contener información referente a los servicios profesionales de los arquitectos o de los socios titulares del estudio que integre, la que estará sometida a lo establecido por el Código de Etica Profesional.
4.2 En todos los casos las páginas web, deberán de estar directamente relacionadas a la Arquitectura y el Urbanismo.
4.3La publicación tanto en su contenido como forma cumplirá con las normas vigentes, el código de ética profesional, y las resoluciones del CPAU. El CPAU podrá retirar, en carácter cautelar y siempre previo aviso, total o parte de una página web si considera que es susceptible de violar alguna de las citadas normas o a su exclusivo criterio lo considera inconveniente para el CPAU.

5.0 Quinta: Se deberá especificar la autora, y copyright de toda la información. Si la información (texto, imagen, etc.) no es de autoría del titular de la página deberá quedar sentada la autorización del autor o del titular responsable de la página.
5.1 El CPAU no aceptará imputación de responsabilidad ni de los titulares de las páginas ni de terceros respecto a los daños, pérdidas de información, retardos o interrupciones del server, o cualquier otra causa que no dependa directamente de la actuación como administrador de CPAU.
5.2 En caso de reclamo judicial, extrajudicial o administrativo en que el CPAU fuera demandado o codemandado en virtud de lo dispuesto en esta cláusula, el CPAU podrá asumir su propia defensa, quedando los gastos y costas emergentes de dicha defensa a cargo del Arquitecto Matriculado. En caso en que el CPAU se viera obligado a abonar suma alguna por cualquiera de los conceptos premencionados, incluyendo gastos judiciales y extrajudiciales, el Arquitecto Matriculado deberá reembolsarle los montos abonados dentro de las 72 horas de habérsele efectuado el reclamo correspondiente.

6.0 Sexta: La inserción de páginas web al sitio del CPAU faculta al mismo para delimitar y aclarar a que se refiere y para publicar el nombre de la página web y de sus titulares en sus listados, tanto en papel como soporte electrónico.
6.1 Las actualizaciones de las páginas se realizarán directamente por sus titulares, a los que se les facilitará el acceso a tal efecto, previa comunicación a los servicios técnicos del Area de Sistemas del CPAU.

Anexo 1

* Requisitos Técnicos La capacidad máxima de la página WEB no será superior a 2Mb (2048Kb)

* El nombre de la página inicial se denominará: index.htm

*La página se alojará en una dirección similar a: http://www.usuariodelarq.cpaupage.com/

      

 
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